Si eres residente fiscal en España y posees bienes o derechos en el extranjero, podrías estar obligado a presentar la declaración informativa Modelo 720 antes del 31 de marzo de 2025.
Descubre quiénes deben presentarlo, qué activos se declaran y las posibles sanciones.
1 ¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 720?
Deben presentar el Modelo 720:
Personas físicas y jurídicas residentes en España.
Establecimientos permanentes en territorio español de entidades no residentes.
Entidades en atribución de rentas, como comunidades de bienes o sociedades civiles.
Titulares, beneficiarios, autorizados o representantes de bienes y derechos en el extranjero con un valor superior a 50.000 euros por cada tipo de activo.
2 ¿Qué bienes y derechos se deben declarar?
El Modelo 720 obliga a informar sobre:

Cuentas bancarias en el extranjero
Nombre y domicilio de la entidad bancaria.
Identificación de la cuenta, saldo a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre.
Fechas de apertura o cancelación.

Valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero
Acciones, fondos de inversión, bonos y otros valores financieros.
Derechos de cesión a terceros de capitales propios.
Seguros de vida con valor de rescate.
Rentas temporales o vitalicias con información sobre la entidad aseguradora y valor de capitalización.

Bienes inmuebles y derechos sobre ellos
Identificación del inmueble (país, dirección, número de registro).
Fecha y valor de adquisición.
Tipo de titularidad (plena propiedad, usufructo, nuda propiedad, etc.).
3 ¿Cuándo es obligatorio presentar el Modelo 720?
Si en algún bloque de bienes el valor supera los 50.000 euros.
Si ya presentaste el Modelo 720 en años anteriores y el valor de los bienes ha aumentado en más de 20.000 euros.
Si has perdido la titularidad o condición de autorizado de algún bien previamente declarado.
4 ¿Cómo presentar el Modelo 720?
La presentación debe realizarse exclusivamente por vía telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria. En caso de problemas técnicos, se permite una prórroga de cuatro días naturales tras el vencimiento del plazo.
5 Sanciones por incumplimiento
El régimen sancionador del Modelo 720 fue modificado tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2022, eliminando las sanciones desproporcionadas.
Sin embargo, sigue habiendo penalizaciones generales por falta de presentación o errores en la declaración:
Multas fijas de 100 euros por dato incorrecto, con un mínimo de 1.500 euros.
En casos graves, Hacienda podría considerar los bienes como ganancia patrimonial no justificada, imputando su valor como renta y aplicando el tipo máximo del IRPF o IS.
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