Son una modalidad de plan de pensiones promovida por las empresas para sus trabajadores a modo de incentivo y a la vez, es una buena manera de complementar la prestación pública de jubilación. Asimismo, es uno de los beneficios sociales más valorados por parte de los trabajadores.
¿Conoces sus ventajas fiscales?
- Para las empresas, el gasto es deducible en el impuesto sociedades.
- Para los trabajadores, el efecto fiscal es neutro. Por un lado, se imputan como rendimiento del trabajo en el IRPF y, posteriormente, se reduce.
Además, en este caso, las aportaciones que realice el trabajador de forma voluntaria serán deducibles. (Que llega a los 10.000-€ anuales).
En el caso de un plan de pensiones privado sólo permite desgravar 1.500€ anuales.
¿Sabes que puedes estar vinculado a objetivos?
La empresa puede establecer los criterios objetivos como salario, categoría profesional, antigüedad o vincularse a determinados objetivos lo que aumenta la productividad y el compromiso de los empleados. Así ayuda a atraer y retener talento dentro de la empresa.

El sector de la construcción se ha convertido en la primera actividad en implementar los denominados Planes de Empleo Simplificados y se espera que en un futuro próximo se entienda a otros sectores y sirva como complemento efectivo a las prestaciones públicas.
Esto se ha regulado en el art.56 del VII Convenio colectivo general del sector de la construcción y se desarrollo en el Libro Tercero del citado convenio. Por lo que afecta a todos los trabajadores asalariados sujetos al convenio colectivo del sector de la construcción y voluntarias para los autónomos del sector.
A tener en cuenta...
Las empresas del sector tendrán que comenzar a realizar las contribuciones mensuales a partir del 1 de febrero de 2024 (fecha en la que el Plan se integrará en el fondo que gestionará Vida Caixa).
No obstante, se permite “dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del plan de pensiones”, realizar las aportaciones por el período comprendido desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de enero 2024. (Atendiendo al art.52 del VII CGS y a las instrucciones establecidas en la aplicación Aporta+ de Vida Caixa).
¡Cuidado!
La inspección de trabajo puede solicitar los justificantes de abono por parte de la empresa y su incumplimiento podría suponer sanciones administrativas.
¿Sabes las obligaciones de la empresa en su condición de entidad promotora?
